
Botiquin para Áreas Agrestes
10/09/2025
Homenaje a Hugo Zuñiga
10/09/2025El proyecto de ley busca sancionar la «imprudencia temeraria» de excursionistas, senderistas y montañistas cuando sus acciones negligentes requieran operativos de rescate, imponiendo multas de hasta 10 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). El proyecto, ya aprobado en la Cámara de Diputados, avanza ahora al Senado.
Conductas consideradas imprudentes:
- No utilizar ropa, calzado o equipamiento adecuado.
- No llevar elementos básicos como agua, comida o un botiquín de primeros auxilios.
- Ignorar las condiciones climáticas o realizar actividades en horarios de riesgo (noche, baja visibilidad).
- Realizar actividades bajo los efectos del alcohol o drogas.
- No informar a las autoridades sobre la actividad o no seguir rutas autorizadas.
- No registrar la salida ni notificar la actividad a las autoridades.
- No contratar un guía local autorizado cuando sea necesario.
Multas y destino:
- Las multas podrían ascender hasta 10 UTM, equivalentes a aproximadamente $700.000 pesos chilenos, según información de medios digitales.
- El dinero recaudado se destinaría a las instituciones que participan en los operativos de rescate.
Justificación del proyecto:
- La masificación de actividades como el senderismo y el trekking ha aumentado la frecuencia de emergencias en zonas naturales.
- El proyecto busca prevenir rescates innecesarios y promover la responsabilidad y el autocuidado entre los excursionistas.
Estado del proyecto:
Aprobado en la Cámara de Diputados, Actualmente en trámite en el Senado.
Información adicional:
- El proyecto también contempla la posibilidad de acciones legales civiles y penales para obtener indemnización de perjuicios.
- La Corte Suprema ha emitido un informe sobre el proyecto, sugiriendo mejoras en la redacción de la ley.




